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26/12/2020
Institucionais

Hasta veinte federaciones deportivas gallegas presentarán en 2021 informe de auditoría de sus cuentas anuales

  • El plan de auditorías 2021-2024 sigue su curso habitual y en esta ocasión a la el turno de actividades subacuáticas, aeronáutica, atletismo, automovilismo, bádminton, baloncesto, balonmano, ciclismo, esquí náutico, fútbol, judo, lucha, montañismo, natación, piragüismo, remo, taekwondo, tenis, triatlón y vela

Santiago, 26 de diciembre de 2020.- El Diario Oficial de Galicia publicaba el pasado miércoles 23 de diciembre, la resolución de 15 de diciembre de 2020, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se determinan las federaciones deportivas que tienen que presentar informe de auditoría de las cuentas anuales de 2020.

De este modo, el plan de auditorías 2021-2024 sigue su curso habitual y en este año 2021 será el turno de 20 federaciones deportivas gallegas: actividades subacuáticas, aeronáutica, atletismo, automovilismo, bádminton, baloncesto, balonmano, ciclismo, esquí náutico, fútbol, judo, lucha, montañismo, natación, piragüismo, remo, taekwondo, tenis, triatlón y vela. El plazo de presentación de las cuentas anuales auditadas tiene como fecha límite el 30 de julio de 2021.

De este modo, la Xunta de Galicia cumple con su competencia de realizar auditorías externas a las federaciones deportivas gallegas. Según la Ley del Deporte y el Reglamento del Registro de Entidades Deportivas de Galicia, estas deberán presentar en el Registro “un informe de auditoría de sus cuentas anuales aquellas federaciones deportivas gallegas que resulten obligadas conforme el plan de auditorías aprobado por la Administración deportiva autonómica a inicio de cada ejercicio. Anualmente, se incorporará al plan un porcentaje de federaciones, de forma que, cada cuatro años, todas presenten el dicho informe”.

La memoria de las de las cuentas anuales de las federaciones deberá contener información relativa a la actividad de la entidad, a las bases de presentación y la información de la liquidación del presupuesto, al excedente del ejercicio, a los ingresos y gastos, a la aplicación de elementos patrimoniales a fines propios, a los cambios en el órgano de gobierno, dirección y representación, a la información sobre autorizaciones otorgadas por la autoridad administrativa correspondiente que sean necesarias para determinadas actuaciones, así como la cualquier otra información que sea significativa.